Las imágenes mostradas son meramente ilustrativas.
(1) Cartera de Consumo. Financiación para solicitudes de crédito recibidas por GPAT en Argentina (excepto en Tierra del Fuego) desde el 01/11/2023 hasta el 30/11/2023, ambas fechas incluidas, para Chevrolet S10 y Montana en todas sus versiones 0km. Origen: Brasil. Plazo: 30 meses. Cuotas mensuales, consecutivas y en pesos. Máximo a financiar: $ 7.200.000.- respecto del precio sugerido publicado por General Motors en www.chevrolet.com.ar. Para financiaciones a 30 meses aplicará: Tasa Nominal Anual FIJA 84,90%; Tasa Efectiva Anual 127,12%
Costo Financiero Total Efectivo Anual (C.F.T.E.A.) con IVA: 177,17%, sin IVA: 135,84%.
El C.F.T.E.A. informado incluye el costo del seguro automotor tomando como referencia un Chevrolet S10 CD 2.8 TD 4X2 LS MT con cobertura SEGUROS SURA S.A, plan A, Terceros completo básico, en la ciudad de Corrientes, capital. El C.F.T.E.A. podrá variar dependiendo del vehículo seleccionado. El monto de las cuotas y el precio total financiado dependerán del anticipo abonado por el cliente y del vehículo seleccionado. A modo de referencia se indican valores para Chevrolet S10 CD 2.8 TD 4X2 LS MT precio sugerido al público contado $ 16.558.900.- precio total financiado $ 29.626.278,42 monto de las cuotas tomando como referencia $ 7.200.000.- como monto a financiar y anticipo de $ 9.358.900.-: $ 709.909,41. El precio sugerido no incluye gastos administrativos, flete, patentamiento ni otros opcionales. El otorgamiento del crédito se encuentra sujeto a aprobación crediticia y condiciones de contratación de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (CUIT 30-67856482-2), Av. de Mayo 701, Piso 18°, CABA, Sociedad Anónima Unipersonal según ley argentina. Conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N°24/2023 y su modificatoria, el asegurado tiene el derecho de elegir libremente, durante toda la vigencia del préstamo prendario, el intermediario de seguros para que lo asesore en el proceso de suscripción o bien optar por una contratación directa. El accionista limita su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, de acuerdo con la ley 19.550, por lo que no responde en exceso de la citada integración accionaria (Ley 25.738). Para más información consulte en: www.gpat.com.ar y www.chevrolet.com.ar.
(2) Cartera de Consumo. Financiación para solicitudes de crédito recibidas por GPAT en Argentina (excepto en Tierra del Fuego) desde el 01/11/2023 hasta el 30/11/2023, ambas fechas incluidas, para Chevrolet S10 y Montana en todas sus versiones 0km. Origen: Brasil. Plazo: 12 meses. Cuotas mensuales, consecutivas y en pesos. Máximo a financiar: $ 5.200.000.- respecto del precio sugerido publicado por General Motors en www.chevrolet.com.ar. Para financiaciones a 12 meses aplicará: Tasa Nominal Anual FIJA 44,90%; Tasa Efectiva Anual 55,40%
Costo Financiero Total Efectivo Anual (C.F.T.E.A.) con IVA: 84,71%, sin IVA: 69,20%.
El C.F.T.E.A. informado incluye el costo del seguro automotor tomando como referencia un Chevrolet S10 CD 2.8 TD 4X2 LS MT con cobertura SEGUROS SURA S.A, plan A, Terceros completo básico, en la ciudad de Corrientes, capital. El C.F.T.E.A. podrá variar dependiendo del vehículo seleccionado. El monto de las cuotas y el precio total financiado dependerán del anticipo abonado por el cliente y del vehículo seleccionado. A modo de referencia se indican valores para Chevrolet S10 CD 2.8 TD 4X2 LS MT precio sugerido al público contado $ 16.558.900.- precio total financiado $ 18.473.632,27 monto de las cuotas tomando como referencia $ 5.200.000.- como monto a financiar y anticipo de $ 11.358.900.-: $ 609.919,16. El precio sugerido no incluye gastos administrativos, flete, patentamiento ni otros opcionales. El otorgamiento del crédito se encuentra sujeto a aprobación crediticia y condiciones de contratación de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (CUIT 30-67856482-2), Av. de Mayo 701, Piso 18°, CABA, Sociedad Anónima Unipersonal según ley argentina. Conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N°24/2023 y su modificatoria, el asegurado tiene el derecho de elegir libremente, durante toda la vigencia del préstamo prendario, el intermediario de seguros para que lo asesore en el proceso de suscripción o bien optar por una contratación directa. El accionista limita su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, de acuerdo con la ley 19.550, por lo que no responde en exceso de la citada integración accionaria (Ley 25.738). Para más información consulte en: www.gpat.com.ar y www.chevrolet.com.ar.